Y es que siempre hemos sufrido dos grandes problemas con respecto a este tipo de usuarios: la falta de normativa clara desde los servicios centrales y la vaguedad de los conceptos con los que hemos tenido que trabajar desde hace muchos años.
Para mí, éste último es el gran problema. Nos fallan los conceptos, ni siquiera tenemos claro a qué tipo de usuarios podemos adjudicarle la "etiqueta" de desplazado. ¿Son desplazados los usuarios que vienen a nuestro centro o consultorio para menos de 3 meses? ¿Son desplazados todos, incluso los que vienen a consultar una cuestión puntual? ¿Cada cuánto tiempo debemos renovar su situación? ¿En cada renovación tenemos o debemos cambiarle el médico asignado? ¿Existe un número máximo de renovaciones antes de realizar una adjudicación "obligatoria"? Si existe ese número máximo, ¿cual es?
Y... ¿qué aplicación debemos utilizar para registrarlos? ¿En Turriano todos? ¿En Tarjeta Sanitaria todos? ¿O en Turriano sólo si permanecerán en nuestro centro o consultorio durante un breve período?
Y... ¿qué hacemos con los usuarios desplazados de Castilla-La Mancha? ¿Debemos proceder con ellos de igual forma que con aquellos que vienen de otras comunicades autónomas? ¿O sólo tenemos que desmarcar la celda "ZBS" de Turriano y citarle, sin ningún tipo de alta ni en Turriano ni en TSI?
Además, todo esto urge. Es importante que lo tengamos terminado cuanto antes el protocolo o las instrucciónes para que sean valorados por la dirección y, en caso de ser aprobados, puedan ser aplicados durante las inminentes próximas vacaciones de verano.
Cualquier comentario que querais realizar nos vendrá bien para poner un poco de luz.
1 comentario:
Yo creo que tenemos que registrar a todos los desplazados en Turriano y no en Tarjeta Sanitaria. Es mucho mas rápido y cómodo para todos, tanto los administrativos como los médicos.
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